Por Lauren Vogt
En los siete meses desde que empezó en agosto del 2012, la Acción Diferida por los Llegados en la Infancia (DACA) – un programa de la administración de Obama – ha beneficiado casi 250.000 personas. Para personas sin estatus migratorio legal que califican, DACA provee la capacidad de trabajar legalmente, de obtener una licencia de conducir, y de salir de las sombras sin miedo de deportación. Sin embargo, DACA no permite a estos jóvenes solicitar un “green card” o la residencia permanente en los Estados Unidos. Los que ganan la acción diferida no pueden viajar sin permiso ni aprovecharse de los otros beneficios de tener un “green card.”
Es posible, sin embargo, que algunos de los que solicitan DACA pueden descubrir otros remedios que no son tan publicados. Un artículo que publicó el New York Times el mes pasado recalca una consecuencia no intencionada de DACA, lo cual vemos en nuestra profesión: Solicitantes que buscan asesoría legal para la primera vez a veces se enteran que califican para visas que ellos nunca sabían existidas. Estas visas proporcionan beneficios excepcionales aparte del programa de DACA.
El artículo en el Times explica tres visas específicas, disponibles para niños y para adultos:
Existe cuarto tipo de visa que quizás es el secreto mejor guardado para jóvenes que no tienen estatus migratorio legal en los Estados Unidos. En 1990, el Congreso creó el Estatus de Inmigrante Juvenil Especial (SIJS). SIJS existe específicamente para menores (jóvenes bajo 21 años de edad) que han sido abusados, abandonados, o descuidados por un padre. En cuanto que sea aprobado, el menor es elegible solicitar el “green card” en los Estados Unidos.
SIJS no ha sido publicado mucho nacionalmente, tal vez porque el proceso de solicitarlo es tan diferente como cualquier otro proceso de inmigración. El primer paso consiste en ir a la corte estatal, típicamente la corte de relaciones juveniles y familiares (J&DR), para conseguir una orden del juez. El juez tiene que declarar que:
1. El menor es dependiente en la corte o ha sido puesto en la custodia legal de un padre no abusivo, un familiar, o tercera parte;
2. No es en el mejor interés del menor ser regresado a su país de origen; y
3. El menor no puede ser reunificado con un o ambos padres por causa del abuso, abandono, o descuido.
Generalmente, la orden requerida es conseguida por un procedimiento de la custodia o de la tutoría legal en la corte J&DR. Aunque la ley de inmigración considera ser menores individuos bajo 21 años de edad, a menudo la jurisdicción de la corte J&DR termina cuando el menor cumpla 18 años. Por eso, es muy importante identificar los menores Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). El proceso entonces sigue parecido al solicitar otros tipos de visas, con la oportunidad de pedir la residencia permanente cuando sea aprobada la petición de SIJS, y después la ciudadanía.
Se puede solicitar SIJS no importa si esté en procedimiento de deportación o no.
Si usted o alguien quien conoce califica para uno de estos beneficios alternativos de inmigración, es recomendable que busque asesoría legal lo más pronto posible.
En los siete meses desde que empezó en agosto del 2012, la Acción Diferida por los Llegados en la Infancia (DACA) – un programa de la administración de Obama – ha beneficiado casi 250.000 personas. Para personas sin estatus migratorio legal que califican, DACA provee la capacidad de trabajar legalmente, de obtener una licencia de conducir, y de salir de las sombras sin miedo de deportación. Sin embargo, DACA no permite a estos jóvenes solicitar un “green card” o la residencia permanente en los Estados Unidos. Los que ganan la acción diferida no pueden viajar sin permiso ni aprovecharse de los otros beneficios de tener un “green card.”
Es posible, sin embargo, que algunos de los que solicitan DACA pueden descubrir otros remedios que no son tan publicados. Un artículo que publicó el New York Times el mes pasado recalca una consecuencia no intencionada de DACA, lo cual vemos en nuestra profesión: Solicitantes que buscan asesoría legal para la primera vez a veces se enteran que califican para visas que ellos nunca sabían existidas. Estas visas proporcionan beneficios excepcionales aparte del programa de DACA.
El artículo en el Times explica tres visas específicas, disponibles para niños y para adultos:
- La visa U es disponible a víctimas de ciertos crímenes quienes han apoyado a la policía u otra entidad en la investigación o prosecución del crimen.
- La visa T es para víctimas del tráfico humano. Tres años después de recibir la visa U o T, un individuo puede solicitar el “green card,” o la residencia permanente.
- El Acta de la Violencia contra la Mujer (VAWA) fue creado para proteger los esposos, los hijos, y los padres de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes abusivos. Por cause de la relación entre la víctima y el abusador, frecuentemente individuos quienes solicitan una visa bajo VAWA son elegibles recibir sus “green cards” muy pronto después.
Existe cuarto tipo de visa que quizás es el secreto mejor guardado para jóvenes que no tienen estatus migratorio legal en los Estados Unidos. En 1990, el Congreso creó el Estatus de Inmigrante Juvenil Especial (SIJS). SIJS existe específicamente para menores (jóvenes bajo 21 años de edad) que han sido abusados, abandonados, o descuidados por un padre. En cuanto que sea aprobado, el menor es elegible solicitar el “green card” en los Estados Unidos.
SIJS no ha sido publicado mucho nacionalmente, tal vez porque el proceso de solicitarlo es tan diferente como cualquier otro proceso de inmigración. El primer paso consiste en ir a la corte estatal, típicamente la corte de relaciones juveniles y familiares (J&DR), para conseguir una orden del juez. El juez tiene que declarar que:
1. El menor es dependiente en la corte o ha sido puesto en la custodia legal de un padre no abusivo, un familiar, o tercera parte;
2. No es en el mejor interés del menor ser regresado a su país de origen; y
3. El menor no puede ser reunificado con un o ambos padres por causa del abuso, abandono, o descuido.
Generalmente, la orden requerida es conseguida por un procedimiento de la custodia o de la tutoría legal en la corte J&DR. Aunque la ley de inmigración considera ser menores individuos bajo 21 años de edad, a menudo la jurisdicción de la corte J&DR termina cuando el menor cumpla 18 años. Por eso, es muy importante identificar los menores Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). El proceso entonces sigue parecido al solicitar otros tipos de visas, con la oportunidad de pedir la residencia permanente cuando sea aprobada la petición de SIJS, y después la ciudadanía.
Se puede solicitar SIJS no importa si esté en procedimiento de deportación o no.
Si usted o alguien quien conoce califica para uno de estos beneficios alternativos de inmigración, es recomendable que busque asesoría legal lo más pronto posible.